Richard Nguema y Andy Panko, condenados con penas mínimas por el caso de los pasaportes falsos
El ex madridista Slaughter no aparece en el fallo judicial al no presentarse al juicio y queda absuelto Hugo López

La jueza del caso de los pasaportes falsos presentados ante la ACB por Andy Panko y Marcus Slaughter en 2015 emitió ya su condena por un juicio celebrado hace casi dos años. María del Sagrario Herrero es la magistrada que dictó el fallo, que no es una sentencia firme y por tanto es recurrible por los condenados, según se lee en la misma tras obtener una copia nuestra web del documento.

Panko y Richard Nguema, el ex jugador que ayudó a tramitar esos pasaportes guineanos, son los principales condenados, también el representante de la agencia de ambos jugadores en España por ayudar, establece la sentencia, a conseguirlos.
Nuestra web relató en su día, en mayo de 2016, cómo sucedió todo con pruebas documentales. Como se recordará, era Nguema, hijo de un diplomático guineano, la persona con contactos para conseguir pasaportes de ese país. Ya había participado en la obtención de otros y fue contactado por los jugadores Panko y Slaughter con la mediación del entrenador Hugo López, absuelto en la sentencia.
Slaughter lo utilizó en unos cuantos partidos de la temporada 2014-15 como jugador del Real Madrid. Luego Panko presentó el suyo para usarlo como jugador del Fuenlabrada y tenía la misma numeración que el de Slaughter, como descubrió la Federación Española, dando aviso a la Acb y a los clubes. Slaughter no se presentó al juicio, vive en Estados Unidos, y la policía informó a la juez de la imposibilidad de entregarle la citación para personarse. Por ello, su nombre no aparece en la sentencia.
El Barcelona perdió aquella final de liga Acb contra el Madrid y se presentó como acusación particular por posible perjuicio. En su escrito, presentó tres posibles delitos. Pero finalmente el delito de de corrupción en el deporte del art. 399.2 del Código Penal fue descartado por la entidad azulgrana y no fue considerado igualmente por la jueza.
La magistrada establece en su sentencia:
"son criminalmente responsables de los delitos de falsedad en documento oficial y falsedad de certificado de los art. 392 en relación con el 390.1 y 2 y 399.1.2 del CP en concepto de autores, por su participación directa y personal en los hechos, de conformidad con lo previsto en el artículo 28 del Código Penal vigente en el momento de los hechos, con arreglo a los razonamientos expresados. En el caso de los certificados porque ya se ha dicho que el trafico incluye cualquier tipo de uso que se haga con ellos (...),Nguema por gestionarlo y obtenerlo y Panko por unirlo a la documentación y presentarlo en el Club".
En lo que respecta al delito de falsificación en documento oficial, la pena a "Panko será de cinco meses de prisión y cuatro meses de multa. Para Nguema 10 meses de prisión y multa de cinco meses".
Por lo que se refiere al delito de falsificación de certificados, del que responden igualmente los tres condenados, multa de dos meses y medio a Panko y de cinco meses para Nguema.
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27 comentarios
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Miguel Angel En este País delinquir sale barato.
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Blanco y en botella Incluso se premia.
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Jeff1998 Buenos días Sr. Miguel Angel, DEPENDE. En éste país denominado ESPAÑA. Todos los ciudadanos NO SÓN IGUALES ante la ley. Y la justicia española, NO ES CIEGA, tal y como normalmente se representa. Partiendo de esta base, empírica, que se puede consultar. Sí tienes poder o lo representas, puedes delinquir, la justícia sabe lo que tiene dictaminar. Sí eres un pobre contribuyente, que dios se apiáde de ti. Saludos.
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Stockton Para el tipo legal de infracción tampoco se puede castigar mucho más.
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Jeff1998 → Stockton Buenos días Sr. Stockton, no es el castigo. La sentencia cumple todos los requisitos, y aplica la legislación vigente. Ahora bien, la ACB - FEB - CSD - aplicarán la legislación deportiva, vigente en la fecha de los hechos. Te respondo, sí me lo permites, NO. Que cada uno saque sus conclusiones. Saludos.
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Stockton → Jeff1998 No soy experto en derecho deportivo, pero entiendo que no procede tampoco porque el tribunal disciplinario ya se inhibió archivando y sobreseyendo bajo argumentación de que ya estaba bajo investigación en juicio ordinario, porque en España impera el Non bis in idem que evita el doble castigo y porque realmente no es una infracción disciplinaria deportiva y si lo fuese estaría prescrita, solo hay tres años de vigencia de infracción.
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Miguel Ángel → Jeff1998 Es obvio que mi comentario iba en esa dirección. Un saludo.
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Jeff 1998 → Stockton Buenas noches Sr. Stockton, yo tampoco. Pero hay mucha legislación, que no se cumplen. , y mucha que se contradice. Porqué sucede. Yo lo tengo claro. Poquitas leyes y de obligado cumplimiento. Pero claro, no sería España y no se podría enredar/delinquir. Saludos.
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Saitama2006 Y así vamos en España... Yo directamente eliminaría el tema de pasaporte cotonu extracomunitario, jugadores de formación y el circo que tenemos montado... Plantillas de 12 jugadores con un mínimo de 4 jugadores seleccionables, jugadores disponibles para ir con la selección. De los extranjeros me da lo mismo que sean USA, franceses o nigerianos... Máximo 8 Y los otros 4 jugadores españoles seleccionables. Cortar de raíz lo de jugador de formación. Y así se asegura que mínimo por temporada hay 70 jugadores nacionales en ACB. Que los clubes potencien el jugador nacional. Que el kilo de jugador nacional subirá de precio, si a corto plazo. A medio, no tanto... Las canteras irán a apostar por el jugador nacional, más jugadores liderando los junior y muchos más saltando directos a ACB con 19 años y con minutos.
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Egon Volvemos a lo mismo. No se puede por normativa comunitaria poner un cupo de nacionales. Por eso los seleccionables son el truco.
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manolito aller → Egon En Grecia tienen que ser seleccionables y no pasa nada. La norma no tiene sentido porque poner cuatro jugadores que puedan jugar con España en una plantilla de 12 y los otros 8 que sean de donde sean no discrimina a nadie. Un jugador de Polonia que viene a España a formarse ya no se le discrimina porque se le permite formarse. Si despues vale pues será uno de los 8 jugadores que serán de donde hayan nacido.
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Saitama2006 → Egon Como bien dice Manolito Aller no hablo de cupo nacional sino seleccionable. No le veo sentido a situaciones como la de Deck: por ser argentino plaza de extra (máximo 2 en ACB) y un nigeriano no por Cotonou. Luego al final consigue la nacionalidad tirando de árbol familiar o arraigo (desconozco) y pasa a ser español. Ya no ocupa plaza extra pero tampoco será jugador de formación aunque ya sea español. Y a efectos prácticos sigue siendo igual: por muy español que ponga en su pasaporte, jugando con Argentina. Simplificaría: o seleccionable (nacimiento o nacionalizacion y no jugando en otra selección) o extranjero
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Saitama2006 → manolito aller Totalmente de acuerdo
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Vivanlos80 Llevo dos años diciendo que se implante el sistema alemán (6 cupos y 6 del resto del mundo). Me funan (¿se dice así?) por todos lados. Puede haber cupos no alemanes. Estar 3 años de U15 a U19, pero están limitados a 2 jugadores por equipo. Aquí ves a las dos secciones con 5-7 extranjeros en juniors y hasta 4 en cadetes. ¿Que el salario del cupo subirá? A corto plazo, puede. A medio se estabilizará. Por poner un ejemplo, no creo que Lobaco en Burgos cobre más que cualquier europeo random que hubieran traído.
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graco → Saitama2006 Ese es el concepto: seleccionable por España. Nada de nacionalizado pero jugando con otro país, ni fichado con 15 años para ver si algún día explota y es jugador de formación. Y esto no va en contra de ninguna ley europea. El concepto de jugador de formación creo que va más por la idea de los clubs de "rascar" alguna compesanción por un jugador que, en cuanto despunta un poco, se va a un club más grande.
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Cudiz → Saitama2006 Eso de restringir a quien se considera cupo a jugar solo con España va en contra del artículo 45 del TFUE de la Unión Europea, en los puntos de libre circulación de trabajadores y de no discriminación en el entorno laboral. Ya se propuso e implementó en su día y ya nos expedientaron desde la comisión europea y por eso existe la figura del JFL. He leído a alguien por arriba que en la liga griega existe ese modelo, eso es rotundamente falso, no existe obligación alguna para los jugadores con pasaporte griego de jugar con la selección griega ni prohibición para jugar con otra selección. La prueba práctica es Vezenkov, computa como griego, es chipriota y juega con Bulgaria.
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VikingoVSR → Cudiz Pues algo habrá que hacer para que no nos quedemos sin españoles en las canteras, no crees? Algún incentivo habrá que darle a las canteras.
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CabaGonza → Cudiz No entiendo este debate en esta noticia. Esto es un caso de falsedad documental en el que la culpabilidad recae en el jugador e intermediarios y no se trata de la obtención de un cupo de forma irregular ni involucra a equipos. Se cuestiona la legitimidad de algo que nada tiene que ver con lo que se condena en el auto. Desconozco cuál es el problema de una norma que fuerza a usar jugadores formados aquí sin hacer obligado que dispongan de la nacionalidad española o jueguen para España, siempre me ha parecido que tiene cierto tufo rancio detrás esa crítica.
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Cudiz → VikingoVSR Yo llevo muchos años trabajando a nivel de cantera, como opinión desde la experiencia y no de autoridad porque no me veo con ninguna, las canteras han afrontado siempre problemas estructurales de viabilidad relacionados con la escasa contraprestación para los Clubes formadores por parte de quien practica políticas de fichaje de consumo de talento rápido. Eso agravado por el problema contextual actual de la NCAA como un agente formador que ofrece más recursos que nosotros y la infrainversión de recursos propia considero que es el problema a diagnosticar y no una ausencia de jugadores españoles. Personalmente no considero que la eliminación de la norma de JFL sea una solución a este problema en concreto.
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Kenny La medida sería estupenda, independientemente de las leyes de la EU, el problema es que todo lo que destaca mínimamente con 18 años, se larga a USA, muy complicado por parte de los clubes apostar por ellos. Un saludo.
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manolito aller → Cudiz Entonces porque en Grecia o Alemania , miembros de la unión europea si pueden jugar con un número determinado de seleccionables en sus paises y en España no?? No entiendo esa norma. Nadie porgibe que un polaco, un portugues o un frances vaya a cualquier pais a desarrollarse como jugador. A nivel profesional no se le cierra ninguna puerta , puede jugar donde tenga el nivel de jugar.Podría estar dentro de los 8 no seleccionables de todos los equipos europeos y cupo seleccionable en su pais de orgen.
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manolito aller → CabaGonza Pued que si se hace lo que se tiene que hacer, que es un minimo de jugadores seleccionables con españa y los otros como si son todos de burundi, te evitas estas movidas, de gente que saca pasaporte de un pais europeo o cotonu para poder jugar en españa. Es ridicumo dos americanos que no colocan a Congo en el mapa, vayan a jugar allí un partido para no ocupar plaza de extranjero. Es igual de ridículo ver en las canteras el 90% de jugadores que se forman en España , son de otros paises,aquí jugaran como cupos pero defenderan a su pais de origen. Si en las plantillas hubiera minimo 4 jugadores que puedan jugar con España y el resto de donde sea, ni Panko ni Slaughter ni cientos de americanos todos estos años tendrían que ir a jugar un partido o sacarse un pasaporte porque un tatarabuelo nacio en guinea
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FCBFucka Slaughter se saldrá de rositas entonces?
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Dilitri Hasta que no consigan localizarlo no puede ser juzgado. Si lo dices por la acusación del Barcelona de corrupción deportiva, esta ya ha quedado desestimada en este juicio. Lo que me llama la atención es que no se haya citado en el juicio a Carl English cuando se sabe que jugó en ACB con un pasaporte conseguido por Richard Ngema.
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wally112 Una idea a propósito del caso Slaughter: mucho se habló de la mala fe del RM. Y de cómo el pasaporte de Slaughter adulteró la competición. Sin embargo, si no me falla la memoria, el pasaporte de Slaughter servía para que Facundo Campazzo jugase como segundo extranjero. Con esto quiero decir, que de no haber tenido el pasaporte el norteamericano, el RM habría seguido contando con su participación, porque el club se habría conformado con no inscribir en ACB a Campazzo, un jugador que en aquella época tenía escasa incidencia en el equipo. No sé si me explico, pero me parece evidente que en contra de lo que se pueda pensar, el RM también fue perjudicado por todo este asunto que ha acabado dejando una sombra en un temporada brillantísima. ¿Hacer trampas para que pudiera jugar Campazzo? ¿De verdad? No merecía la pena.
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Jeff 1998 Buenas noches Sr. Wally112, puede justificar lo que considere, pero lo que sucedió aquella temporada, retrato a la ACB-FEB-CSD. En cuanto a su equipo, el RMD, he tenido, tengo y tendré, en gran consideración a sus dirigentes, es un gran club, en todo momento sabían lo que había. Sí usted, cree lo contrario, le felicito, es una persona feliz. La inocencia es una bendición. Saludos.
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wally112 → Jeff 1998 Apreciado Jeff1998. Me confieso inocente y madridista. No lo puedo remediar.
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